Ordenanza N° 851 Año 2014 (Descargar texto original)
Ubicacion Digesto Municipal: Libro 2 – Titulo 5 – Capitulo 4 – N° Orden 17 – (Descargar texto del Digesto)
Tema: HABILITACION Y LOCALIZACION DE FARMACIAS. Establece que la habilitación comercial en farmacias debe ser solicitada por profesional farmacéutico matriculado y determina las distancias mínimas entre las empresas del rubro así como medidas en aspectos de los locales, y la prohibición de la venta al público de especialidades, drogas o preparados farmacéuticos de cualquier naturaleza, en negocios o locales no autorizados por el artículo 3° de la Ley Provincial N° 8302.
CODIGO DE FALTAS. Modificación.
Sancionada el 11/12/2014
Decreto 2414
Promulgado el 30/12/2014
Comunicada al Ejecutivo Municipal el 12/12/2014
De Contenido General
Expediente Legislativo: 21824 Año 2014
Modifica a:
Derogada por: