Ordenanza N° 464 Año 2009 (Descargar texto original)
Tema: CODIGO DE ESPECTACULOS PUBLICOS. Define a un espectáculo público y determina los alcances de la normativa y los responsables de la realización de los mismos estableciendo además criterios sobre admisiones y horarios, habilitación de locales, transferencia y cambio de los mismos, condiciones de sonorización y seguridad, disposiciones sobre cabarets, confiterías bailables, restaurantes con espectáculos, salas de entretenimiento para mayores y niños, bares, las asociaciones, clubes y entidades de bien público, salones de usos múltiple, espectáculos esporádicos, espectáculos cinematográficos y teatrales. Sanciones.
Sancionada el 08/10/2009 ( Diario de Sesión 57/2009 )
Decreto 1265
Promulgado el 09/11/2009
Comunicada al Ejecutivo Municipal el 27/10/2009
De Contenido General
Expediente Legislativo: 16231 Año 2008
Deroga expresamente a:
Derogada por:
Modificada por: