Ordenanza N° 380 Año 2009 (Descargar texto original)
Tema: PARCELAS PROVISORIAS. Autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal, en el marco del artículo 149° del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 48/96), la Unificación Tributaria con el beneficio de abonar respecto de los dos inmuebles como si fuera un único inmueble edificado en relación a la Contribución que inciden sobre los Inmuebles y Servicios Sanitarios de Agua y Cloaca. Requisitos para acceder al beneficio.
Sancionada el 13/08/2009 ( Diario de Sesión 52/2009 )
Decreto 1020
Promulgado el 02/09/2009
Comunicada al Ejecutivo Municipal el 19/08/2009
De Contenido General
Fecha de Entrada en Vigencia: 01/01/2009
Fecha de Finalizacion de Vigencia: 31/12/2010
Expediente Legislativo: 16925 Año 2009
Aclara a: