Ordenanza N° 489 Año 2005 (Descargar texto original)
Tema: EXENCION DE CONTRIBUCION MUNICIPAL. Otorga al Colegio de Abogados de Río Cuarto la condonación de la deuda que registra en concepto de Contribución que incide sobre los Inmuebles, en concepto de Impuesto para el Financiamiento de la Obra Pública y el Desarrollo Local y Regional, en concepto de Tasa de Actuación Administrativa y en concepto de Contribución que incide sobre los Servicios Sanitarios de Agua y Cloacas así como la eximición del presente ejercicio en relación al mismo concepto.
Sancionada el 03/05/2005 ( Diario de Sesión 43/2005 )
Decreto 996
Promulgado el 19/05/2005
Comunicada al Ejecutivo Municipal el 05/05/2005
De Contenido Particular, Individual y meros actos administrativos
Expediente Legislativo: 13340 Año 2004