Legislación


Información de la Ordenanza

Ordenanza N° 571 Año 1986

Tema: AFECTACION DEL PRIMER ASIENTO DOBLE DE TODAS LAS UNIDADES DEL SERVICIO. Obligatoriedad de afectar el primer asiento doble de todas las unidades que prestan el servicio al uso por parte de personas ancianas, mujeres embarazadas y discapacitados mentales, sensoriales o físicos.

Sancionada el 17/06/1986

Decreto 1876

Promulgado el 15/09/1986

Comunicada al Ejecutivo Municipal el 23/06/1986

De Contenido General

Expediente Legislativo: 876 Año 1986

Derogada por: