Decreto N° 1600 Año 2023 (Descargar texto original)
Tema: ORDENANZA TARIFARIA ANUAL PARA EL EJERCICIO FISCAL AÑO 2023. Fija el importe anual de ventas y/o prestaciones de servicios de los hipermercados para encuadrarse en el inciso 2, del primer párrafo del artículo 23º de la ordenanza tarifaria anual 441/22 y la superficie total establecida en el inciso 6) del artículo 24º. Establece de la Contribución que incide sobre el Comercio, la Industria y Empresas de Servicios mínimos y la contribución fija para las actividades conjuntas de playa de estacionamiento y servicios de garaje, para servicios de esparcimiento en salones de bailes, discotecas y similares y venta de billetes de loterías y apuestas. Establece el monto exento de alquileres de la ordenanza tarifaria anual y los monotributistas exceptuados de presentar la declaración jurada. Mínimo del haber de jubilaciones pensiones para las contribuciones que inciden sobre los inmuebles. Descuentos sobre la Contribución que incide sobre los vehículos automotores, acoplados y similares para contribuyentes cumplidores en el artículo 65°. Exigencia de pago de la Contribución que incide sobre los Cementerios en el caso del último párrafo del artículo 79º. Fija las tasas de interés del artículo 125º de la Ordenanza Nº 441/22 y autorización a la Secretaría de Economía para su modificación.
Sancionado el 01/02/2023
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